A partir de 2016, las actividades incluidas en los epígrafes del IAE 3-4 (industrias manufactureras) y 5 (actividades relacionadas con la construcción) a las que se les viene reteniendo el 1%, quedan excluidas del método de estimación objetiva (módulos) por lo que deberán tributar por estimación directa en el IRPF (ingresos menos gastos) y liquidar el IVA mediante el régimen general (repercutido menos soportado). Con esta reforma casi 300.000 profesionales y autónomos van a quedar fuera del régimen de módulos, de los que se estima que en torno a 50.000 en Catalunya.
 
Cabe recordar que, aparte de este colectivo, para el resto de empresarios acogidos a módulos se reduce considerablemente el límite de exclusión por facturación anual, quedando fijado en 250.000 euros (125.000 euros si se factura a otras empresas y/o profesionales).