Los Tribunales avalan la libre competencia siempre que se haga sin engaño y cuando haya acabado la relación laboral, poniendo coto de ese modo a los pactos de no competencia, tan habituales entre directivos, sobre la premisa de que cada persona puede buscarse la vida donde quiera salvo, por supuesto, que se trate de actividades ilícitas. El libre mercado lo permite siempre que se haga sin engaños y una vez que termine la relación laboral, ya que prepararse la salida, tanto a la competencia, como para montarse un negocio por su cuenta sí que suele contar con la oposición de los tribunales, que rechazan que un empleado maquine fraudulentamente para llevarse un cliente a una empresa externa o ganárselo pensando en un futuro próximo.