La publicación del listado por deudas o sanciones tributarias, que a 31 de diciembre de cada año cumplan las condiciones dispuestas por el art. 95 bis.1 de la Ley General Tributaria, se efectuará anualmente a partir del 1 de mayo del año siguiente, en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (www.agenciatributaria.gob.es).
Este listado se elaborará a partir de los datos de deudas y sanciones pendientes de pago que no se encuentren suspendidas ni aplazadas, obrantes en el Sistema de Información de la AEAT a fecha de referencia 31 de diciembre de cada año, con independencia de cuál sea la cantidad efectivamente adeudada por los obligados tributarios identificados en dicho listado a la fecha de su publicación.