El Tribunal Supremo, en su sentencia de 14 de diciembre de 2015, falla que el salario mensual/anual que debe percibir el trabajador se calcula teniendo en cuenta no sólo los días efectivos de trabajo, sino también los descansos de sábados, domingos y festivos. Para que nazca el derecho a la retribución de los siete días naturales de cada semana se deben trabajar cinco días, por ello el trabajador que preste servicios durante los cinco días de la semana tiene derecho a recibir el salario correspondiente a los dos días de descanso siguientes.
Liquidación correspondiente a la última semana trabajada coincidente con la extinción del contrato de los trabajadores fijos discontinuos en viernes.
por 48e7452fa7 | Jul 4, 2016 | Sin categoría