Aunque habrá que esperar a su publicación  definitiva, el  Ministerio de Trabajo y Economía Social acaba de avanzar que las líneas generales de actuación de  la Inspección de Trabajo y  Seguridad Social en los próximos tres años serán las  siguientes:

  • Control y revisión de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTEs) para detectar y evitar fraudes, tales como el cobro de la prestación por desempleo y la continuidad en el trabajo.
  • Control del cumplimiento de la normativa reguladora del teletrabajo (Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia).
  • Control del cumplimiento de la normativa de igualdad para eliminar discriminación por razón de sexo y la brecha salarial y para comprobar la existencia de planes de igualdad y el correcto registro salarial.

Además de estas actuaciones prioritarias, serán objeto de su atención especial estas otras: 

  • Revisión del cumplimiento de las medidas de protección frente al COVID-19 en las empresas, mediante campañas específicas.
  • Control de la contratación temporal y a tiempo parcial para reducir su utilización abusiva, especialmente en cuanto a los contratos de muy corta duración.
  • Control de la subcontratación y la duración de los contratos de obra o servicio, en línea con la reciente jurisprudencia del TS.
  • Comprobación del cumplimiento de los derechos de conciliación de la vida familiar y laboral.
  • Control del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales, especialmente en aquellas empresas con elevados índices de siniestralidad laboral.
  • Control de la existencia y cumplimiento de protocolos contra acoso laboral.

 
Finalmente y, continuando con la línea iniciada en 2020 de control de la contratación, cotización y retribución en el ámbito de los empleados de hogar, para detectar tanto el trabajo irregular como la retribución por debajo del Salario Mínimo Interprofesional
 
A la vista de todo ello le recomendamos encarecidamente proceda a revisar el grado de cumplimiento en su empresa de tales obligaciones con objeto de evitar la imposición de las severas sanciones establecidas para los supuestos de incumplimiento.