A través de diferentes sentencias, la más reciente de ellas la de 14 de noviembre de 2023, el Tribunal Supremo ha ido identificando una serie de circunstancias o indicadores a tener en cuenta para la determinación razonada de las cantidades a reclamar en concepto de daños morales por vulneración de derechos fundamentales asociados a la declaración de nulidad de los despidos, para su adaptación a los baremos que con carácter referencial se vienen utilizando en base a la clasificación de las infracciones laborales como leves, graves y muy graves establecida en la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). Tales indicadores son los siguientes:

✔️ Antigüedad de la relación laboral.

✔️ Persistencia temporal de la vulneración.

✔️ Intensidad de la vulneración.

✔️ Consecuencias en la situación profesional, personal o social.

✔️ Posible reincidencia.

✔️ Carácter pluriofensivo: afectación de varios derechos o personas.

✔️ La readmisión y el pago de salarios que comporta la nulidad supone un factor reductor en relaciones con poca antigüedad.

✔️ Importes fijados en sentencias relativas a asuntos similares.

✔️ Contexto en que se produce la conducta.