Una vez publicado en el BOE el Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el año 2024 en 1.134,00 euros mensuales (antes 1.080,00 euros), le recordamos la escala del art. 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que determina el importe máximo de las cantidades que es posible embargar sobre los salarios y retribuciones que las empresas abonan a su personal.
Si la deuda que provoca el embargo procede de una hipoteca sobre la vivienda habitual del/la empleado/a, el embargo se reduce. Y si el embargo procede de una sentencia que condena al pago de una pensión de alimentos (por ejemplo, al/la ex cónyuge o a un hijo/a), debe embargarse todo el importe mensual que venga establecido en la sentencia.