En su sentencia de fecha 15 de diciembre de 2023 el Tribunal Superior de Justicia de Madrid determinó que la interposición de una denuncia por coacciones contra el Administrador de la empresa, denuncia que fue desestimada por falta de pruebas, no constituye por sí sola causa suficiente para justificar un despido disciplinario por transgresión de la buena fe y pérdida de confianza, sino que justo todo lo contrario, el despido disciplinario de la persona trabajadora denunciante vulneró su garantía de indemnidad al ser la única causa que le fue imputada en la carta de despido, por lo que debe calificarse como nulo.