En su sentencia de fecha 8 de abril de 2024 la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ratifica la condena a dos empresas de hostelería a abonar más de 4.000 euros a un trabajador en concepto de horas extras y horas nocturnas que realizó como camarero y que nunca le fueron pagadas, debido a que se negaron a aportar las pruebas solicitadas, consistentes en los cuadrantes y las hojas de fichaje del registro horario instalado en el restaurante, negativa injustificada que el Tribunal considera suficiente para dar validez a las pruebas aportadas por el propio trabajador demandante, rechazando de plano la impugnación hecha por las codemandadas sobre la falta de compatibilidad de los registros aportados por el empleado, afirmando que “no puede sin más impugnarse el documento, sin practicar prueba alguna. Ha de probarse que tal documento ha sido manipulado, debiendo presumirse que, por su propia naturaleza, un sistema de fichajes no puede serlo”.