Una reciente sentencia de un juzgado de lo Social de Sevilla ha desestimado una demanda de presunto acoso laboral por denuncia falsa, condenando por ello a un trabajador que acusaba de ser acosado a pagar 2.000 euros al director de RR.HH por demandarle sin pruebas y no hacerlo por los canales de denuncia adecuados, con el único fin de perjudicarle. Esta sentencia supone un aviso para navegantes y pone de manifiesto la práctica, lamentablemente cada vez más habitual, de interponer demandas falsas de acoso con la intención de perjudicar tanto a la empresa como a otros compañeros o, como denuncia Blanca Liñán, directora del área laboral del bufete que ha llevado la dirección letrada de este asunto: “… para blindarse cuando prevén que puedan ser despedidos o incluso para forzar una salida negociada de su compañía«,
En este caso el Juzgador consideró que se había producido una efectiva lesión al honor del director de RRHH por dos circunstancias “la primera, porque el trabajador denunciante permitió conocer de esas eventuales conductas de acoso a gente de la compañía que no tendría por qué conocerlas […] la compañía tenía un protocolo y un proceso claro que se tenía que seguir, lo que lleva a revelar una conducta de querer hacer daño, generar un perjuicio al honor, a ese otro trabajador denunciado, y la segunda, porque en el procedimiento laboral previo no se acreditaron las alegaciones tan genéricas que contenía la denuncia, por lo que sin prueba ni contenido la calificó de falsa.