Muy Sres/as Nuestros/as:
Nos dirigimos a ustedes para informarles acerca de la reciente publicación de la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre de 2024, que establece importantes novedades sobre los sistemas y programas informáticos de facturación que deben utilizar las empresas y profesionales. Esta normativa entra dentro de las medidas contra el fraude fiscal y busca reforzar la seguridad, integridad y trazabilidad de los procesos de facturación y el uso de software que oculta ventas.
¿A quién afecta?
En líneas generales, el RRSIF solo resulta de aplicación a aquellos empresarios o profesionales que expiden facturas utilizando para ello un sistema informático (SIF), existiendo también una serie de requisitos y condiciones adicionales que cumplir.
Puntos más relevantes:
- Implementación del sistema VERI*FACTU: Los sistemas de facturación deberán generar facturas verificables que incluyan un código QR, o elemento equivalente, que permita comprobar la autenticidad de la factura. Estos sistemas deben asegurar la inalterabilidad de los registros para prevenir modificaciones posteriores.
- Obligatoriedad de Certificación: Los fabricantes y proveedores de software de facturación tendrán la obligación de certificar sus productos para asegurar el cumplimiento de los nuevos requisitos establecidos. Esto garantizará que los sistemas empleados cumplen con las especificaciones técnicas y legales vigentes.
- Remisión de Registros: La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) podrá solicitar los registros de facturación en caso de inspección. Los sistemas deberán estar preparados para enviar la información de manera segura y completa.
- Plazos de adaptación: Atención, nuevos plazos según Real Decreto 254/2025 de 1 de abril de 2025 que aprueba el retraso de la entrada en vigor del Real Decreto 1007/2003 a las siguientes plazos:
- 1 de enero de 2026 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
- 1 de julio de 2026 para el resto de contribuyentes.
Recomendaciones:
Es fundamental que comiencen a adaptar sus sistemas de facturación lo antes posible para cumplir con los plazos establecidos y evitar posibles sanciones. Desde nuestra asesoría, estamos a su disposición para asesorarles y acompañarles en este proceso de adaptación.
Recursos Adicionales:
Sistema Gratuito de la AEAT: Para quienes emitan menos de 100 facturas en el ejercicio natural, la Agencia Tributaria habilitará un sistema gratuito que permitirá a los contribuyentes cumplir con las nuevas obligaciones de facturación.
No hay que confundir la nueva implementación con la factura electrónica.
Orden HAC/1177/2024 (VERI*FACTU):
- • Aprobación: Fue publicada en el BOE el 17 de octubre de 2024.
- • Entrada en Vigor: Comenzó a regir el 29 de octubre de 2024.
- • Plazos de Adaptación: explicados anteriormente
Ley Crea y Crece (Ley 18/2022) (FACTURA ELECTRÓNICA)
- Al inicio de 2025, el reglamento técnico definitivo aún no había sido publicado. Por tanto, el plazo para la obligatoriedad de la factura electrónica aún no ha comenzado a correr.
- Obligatoriedad de la Facturación Electrónica:
- Los plazos para la implementación (12 y 24 meses) comenzarán a contar desde la publicación de este reglamento en el BOE.
- Depende de la aprobación del reglamento técnico relacionado, que aún está pendiente de publicación definitiva.
Cordialmente,
DEL BAS ASSESSORS, ADVOCATS I AUDITORS