En su sentencia de fecha 5 de marzo de 2025 la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, siguiendo la denominada “doctrina Cakarevic” proveniente de una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que establece que si el error es de la Administración y no hubo mala fe del beneficiario no debe devolverse el dinero indebidamente percibido, ha dictado una sentencia en la que desestima las pretensiones del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para que un trabajador devuelva los 12.000 euros que percibió en concepto de subsidio por desempleo para mayores de 55 años por un error tan solo imputable al SEPE.
Frente a otra sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que había revocado el derecho al subsidio de desempleo para mayores de 55 años a una trabajadora a la que se le concedió por error, ordenándole el reintegro de las prestaciones indebidamente percibidas, en el caso ahora enjuiciado el Alto Tribunal aprecia una importante diferencia entre ambos casos, puesto que mientras que la trabajadora a la que se le revocó el subsidio era consciente de que no cumplía los requisitos para percibirlo, sin hacer nada para evitar seguir cobrándolo, en el presente caso el afectado no tenía conocimiento de que estaba cobrándolo de manera errónea, pues el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) certificó inicialmente que cumplía con los requisitos exigidos de cotización para su percepción: “No es lo mismo, ciertamente, tener conocimiento de que se están percibiendo indebidamente determinadas cantidades, que no tener conocimiento de dicha circunstancia”.