El Tribunal Superior de Justicia de Las Palmas, en su sentencia de 25 de julio de 2017, declara el derecho de una trabajadora a ocupar un puesto con preferencia a un candidato varón inicialmente seleccionado, para el que ambos tenían méritos similares, al comprobar que la empresa había ignorado las medidas para la igualdad contempladas en su propio convenio y que, entre otras cosas, obligan a aumentar la presencia de mujeres en los puestos con menos representación femenina, como era el caso.
Anulada la contratación de un hombre por vulnerar las normas de igualdad de la empresa.
por 48e7452fa7 | Dic 5, 2017 | Sin categoría