La controversia a resolver consistía en determinar si la base reguladora de la prestación de Incapacidad Temporal en los supuestos de recaída debe ser la del mes anterior a ésta o la del mes anterior al primer proceso, controversia que, en su sentencia de fecha 11 de septiembre de 2024, el Tribunal Supremo resuelve con criterio finalista, esto es, atendiendo a la finalidad de la prestación, señalando que ésta no es otra que la de suplir la falta de rentas derivada de una situación de baja laboral, por lo que la solución lógica no puede ser otra que la de entender que la prestación debe estar conectada con la situación más próxima a la de la última baja, razonamiento que le llevan a entender que en el momento de la recaída hay que volver a calcular la base reguladora de la prestación en atención a las circunstancias concurrentes en ese momento, puesto que es así como se mantiene la adecuada proporción entre cotización y pensión evitando que el asegurado pueda percibir una prestación económica superior a la que correspondería de no haberse producido la baja.