Les recordamos que el art. 34.6 del Estatuto de los Trabajadores establece la obligación de que, anualmente, las empresas elaboren el calendario laboral, debiendo exponer un ejemplar del mismo en un lugar visible en cada centro de trabajo.

Con objeto de facilitarles la cumplimentación de dicho calendario anual hemos dispuesto a su disposición en nuestra página web una aplicación que les permitirá cumplir con dicha obligación de manera sumamente sencilla, una vez sean publicadas las fiestas locales, de las que tan pronto sean conocidas les daremos cumplida cuenta.

Recordarles también la obligación de disponer de un sistema de registro de entradas y salidas del trabajo, fiable y no manipulable, así como de un Protocolo que garantice el derecho de desconexión digital del personal de su plantilla, incluidos directivos.

Si precisan disponer de más información sobre el particular no duden en solicitarla a nuestro Departamento de Laboral.