En su sentencia de 28 de septiembre de 2023 el Tribunal Superior de Justicia de Madrid desestima la pretensión de declaración de nulidad del despido de una trabajadora que se encontraba de baja por enfermedad, por no apreciar causa discriminatoria.

En el caso enjuiciado la trabajadora estuvo enviando correos electrónicos una vez se encontraba ya en situación de incapacidad temporal, mientras que la empresa, apelando al estricto cumplimiento del protocolo de desconexión digital, la instó reiteradamente a abstenerse de hacerlo y a no dedicar sus esfuerzos a la vida laboral, sino a descansar y desconectar, motivo por el que el Tribunal considera en su sentencia que el despido estaba totalmente desconectado de la enfermedad que había motivado la baja, no apreciando en consecuencia la existencia de discriminación, ni en base a la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, ni a la doctrina sobre discapacidad del TJUE invocadas por la trabajadora.