En su sentencia de fecha 31 de octubre de 2024 el Tribunal Superior de Justicia de Canarias declara procedente el despido disciplinario de un encargado de tienda que, tras caer en una estafa telefónica, realizó un pago de 3.890 euros a los estafadores que se hicieron pasar por uno de sus jefes, por considerar que el trabajador incurrió en transgresión de la buena fe contractual al no seguir los procedimientos establecidos por la empresa para la realización de pagos.

Según reza en los hechos probados de la sentencia, el empleado recibió una llamada de un supuesto responsable de las oficinas de la empresa en Portugal. Bajo la premisa de un pago urgente relacionado con la entrega de un pedido, el trabajador activó 85 tarjetas de recarga de Google Play y Amazon, enviando fotos con los códigos de descarga al desconocido, a pesar de ser consciente de que esa no era la forma adecuada para gestionar los pagos, y sin consultar a sus superiores procedió con la transacción, lo que permitió a los estafadores vaciar las tarjetas inmediatamente.

El Tribunal argumentó que, dado el nivel de responsabilidad del trabajador y su conocimiento de la normativa interna, cabía esperar de él un comportamiento mucho más diligente, subrayando que al no actuar conforme a los procedimientos establecidos la empresa perdió por completo la confianza en él, pérdida que justifica plenamente su decisión de proceder a su despido disciplinario. Este fallo refuerza la importancia de que las empresas se doten de protocolos, especialmente respecto de aquellas situaciones que comportan la gestión de dinero y la prevención de fraudes, reiterando que su falta de seguimiento y cumplimiento por parte de las personas trabajadoras obligadas a ello puede acarrearles graves consecuencias en el ámbito laboral.