En su sentencia de fecha 10 de mayo de 2022 el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco confirma la nulidad del despido disciplinario por entender que los hechos imputados en la carta de despido carecían de gravedad suficiente y no constituían más que una ilegítima pretensión empresarial de encubrir la vulneración del derecho fundamental a la integridad física de una cuidadora de residencia de dependientes que se negó a vacunarse del COVID-19.
 
El Tribunal recuerda que no existe normativa expresa que imponga la vacunación obligatoria, de modo que la presión para que una persona trabajadora se vacune puede atentar contra su derecho fundamental a la integridad física, por lo que la vulneración del derecho de toda persona trabajadora a negarse a la vacunación comporta la nulidad del despido por suponer en realidad una reacción de la empresa frente a esa negativa.