Ante el voto en contra de la mayoría de los diputados del Congreso, el Real Decreto-Ley 21/2018, de 14 de diciembre,dictado por el Gobierno para la adopción de diversas medidas en materia de vivienda y alquiler ha dejado de tener validez, por lo que a partir del 24 de enero de 2019 se reanuda la vigencia de la regulación anterior. De ese modo, entre otras cuestiones menos relevantes, la duración mínima de los contratos de arrendamiento vuelve a ser de 3 años, las prórrogas pueden volver a ser anuales (salvo pacto en contrario), y las garantías adicionales que se puede requerir al arrendatario dejan de tener un límite.
 
No obstante lo anterior, los contratos que se hayan firmado entre el 19 de diciembre de 2018 y el 23 de enero de 2019 seguirán siendo válidos y deberán cumplirse según sus propias condiciones, sin que quepa modificación alguna derivada de la derogación del precitado Real Decreto-Ley.