Deliveroo y Glovo, las dos grandes plataformas de reparto a domicilio a través de internet que operan en España han recibido sentencias contradictorias en los últimos meses. Así, mientras un Juzgado de Valencia desmontó el modelo laboral de Deliveroo, un Juzgado de Madrid ha avalado el de Glovo. En el primer caso, la sentencia considera que el demandante era un falso autónomo y, sin embargo, en la segunda se estima lo contrario. Pero es que para acabar de complicar aún más la situación la Inspección de Trabajo de Zaragoza considera a todos los repartidores de Glovo falsos autónomos, igual que la de Barcelona a los de Deliveroo, con lo que ante tal disparidad de criterios no habrá más remedio que soportar las consecuencias derivadas de tamaña inseguridad jurídica durante los tres años que se estima habrán de pasar hasta que el Tribunal Supremo establezca finalmente la doctrina correcta.
 
De modo resumido, en la sentencia que da la razón a Glovo se considera la motocicleta y el móvil principales herramientas de trabajo. Por el contrario, en la que falla a favor del empleado de Deliveroo se afirma que el medio de producción es la plataforma. Según el profesor de la Universitat de Valencia, Adrian Todolí, es doctrina científica consolidada entender que los medios de transporte que usan los mensajeros no son la parte esencial del negocio puesto que, como norma general, el medio importante es la fábrica (en este caso la plataforma), de modo que mientras una bicicleta o una motocicleta la puede comprar cualquiera, una fábrica no.