En una importantísima sentencia de 29 de enero de 2019 el Tribunal Supremo obliga a las compañías aseguradoras a cubrir la responsabilidad por deudas tributarias de los administradores, sobre la base de que se trata de una materia propia de la responsabilidad de los administradores y que, por tanto, el seguro de responsabilidad civil que suscriben estos directivos debe incluir esas contingencias.
 
«Hoy día, el contenido natural de las responsabilidades a las que se enfrentan por su cargo no se limita a la responsabilidad civil regulada en la Ley de Sociedades de Capital, sino que alcanza también aquella que se prevé en la normativa administrativa, en este caso, la Ley General Tributaria«, subraya el fallo. «Se trata de una responsabilidad prevista, por razón del cargo de administrador, para incentivar una actuación más diligente en relación con el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la sociedad«, añade.
 
Por ello, el Alto Tribunal rechaza que las aseguradoras puedan excluir las deudas tributarias de los contratos suscritos con las personas que ostentan estos cargos por cuanto «Eliminar este daño restringe de forma sorprendente la cobertura del seguro, en relación con su contenido natural, y por ello reviste la consideración de cláusula limitativa de derechos, lo que hubiera precisado la aceptación expresa del tomador mediante su firma«.
 
El fallo destaca que esta situación se da en muchos casos. «Es una responsabilidad relativamente común«, explica. «Tanto que, objetivamente, en la previsión de quien concierta el seguro, es lógico que se encuentre también la cobertura de este riesgo. De tal forma que su exclusión en el apartado de condiciones generales, sin una aceptación expresa, debe considerarse sorpresiva y por ello limitativa de derechos«.