Según ha anunciado CC.OO, una sentencia aún no publicada de la Audiencia Nacional declara que el sector de la industria química deberá aplicar la cláusula de garantía salarial a todo su personal, con lo que toda la plantilla, independientemente de su año de ingreso, deberá cobrar el incremento salarial del 10,3% sobre la masa salarial bruta a 31 de diciembre de 2023, a mayores, sin ningún tipo de absorción y compensación, sea por el concepto que sea.

Desde el sindicato recuerdan que CCOO de Industria insistía desde hace meses, y volvió a hacerlo recientemente ante la Audiencia Nacional, que la cláusula 38 del Convenio no diferenciaba sus efectos según el año o la fecha de entrada, ya que entendía que, en caso de hacerlo, sería «totalmente discriminatorio«.

La patronal FEIQUE basó su oposición a la demanda de conflicto colectivo en resoluciones emitidas por la Comisión mixta durante el período 2001 a 2018, aunque ninguna de ellas, se refería al XX Convenio General de la Industria Química, por lo que todas eran anteriores, distintas a este caso, y se producían en contextos socioeconómicos diferentes, mientras que por su parte, CCOO aportó al juicio sentencias del Tribunal Supremo que establecen que cuando la cláusula o la literalidad de lo pactado es clara no se debe atender al histórico o a los antecedentes.

Tan pronto se publique la referida sentencia de la Audiencia Nacional les daremos cuenta de ella para confirmar o, en su caso, matizar esta noticia.