El Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en su sentencia de 12 de enero de 2017, ha considerado que el permiso por lactancia de un hijo menor de 9 meses, como derecho básico, consiste en ausentarse del trabajo durante una hora diaria, por lo que la acumulación de la lactancia, salvo especificación en contrario, debe referirse a días laborables y no a días naturales, ya que las horas acumuladas son laborables.