En su sentencia de 18 de junio de 2024 la Audiencia Nacional recuerda que los conceptos incluidos en los recibos de salarios deben ser claros e inequívocos, de modo que todos los conceptos tengan identificado origen, concepto, explicación de unidad, precio valor y número de unidades abonadas (diario o mensual), especialmente respecto de liquidación de atrasos, variables, vacaciones, y aquellos que no vengan contemplados en el convenio colectivo de aplicación.

Para ello la Audiencia se remite a la jurisprudencia sobre la materia y a lo dispuesto en la Orden Ministerial de 27 de diciembre de 1994, que en su Anexo I establece el modelo de recibo de salario, distinguiéndose en el mismo dentro de los devengo las percepciones salariales- salario base, complementos salariales, horas extraordinarias, horas complementarias (contratos a tiempo parcial), gratificaciones extraordinarias, salario en especie-, las percepciones no salariales (indemnizaciones o suplidos, percepciones e indemnizaciones de la Seguridad Social, las Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos y otras percepciones salariales, con la finalidad de que la persona trabajadora conozca, al menos mensualmente, los diversos conceptos que han generado su retribución de forma clara y sencilla, de forma que le pueda servir de cotejo con las efectivas retribuciones devengadas.

Considera la Audiencia que de nada sirve que el personal disponga de una aplicación informática para poner en conocimiento y solventar cualquier problema que surja en relación a sus recibos salariales, como tampoco que el software empleado para la confección de las nóminas se encuentre conectado a la Seguridad Social, por cuanto no cabe pretender trasladar a la persona trabajadora el necesario cotejo de los conceptos abonados, fechas a las que corresponden, unidades pagadas o precios en su caso a aplicar, como tampoco la remisión a lo dispuesto en el propio convenio colectivo, sino que debe ser la empresa quien debe proporcionar cuanta información sea precisa para que la nómina sea clara desde un inicio, sin necesidad de tener que llevar a cabo operaciones complementarias por parte de sus destinatarios/as.