En el BOE de 30 de diciembre se ha publicado un Real Decreto-Ley por el que, entre otras cuestiones, se prorrogan los límites ya preexistentes para la aplicación del régimen fiscal de módulos.
 
De ese modo, con efectos desde 1 de enero de 2018 y vigencia indefinida, el límite máximo de rendimientos netos del año anterior queda fijado en 250.000 euros. No obstante, cuando se trate de operaciones por las que se tenga obligación de expedir factura, cuyo destinatario sea un empresario o profesional, que actúe como tal, dicho límite queda en 125.000 euros.
 
Asimismo, para dichos ejercicios, el límite máximo del volumen de compras anuales (sin incluir inversiones), es de 250.000 euros.