El uso de sistemas biométricos para el control de las entradas y salidas y la gestión del tiempo de trabajo de las personas trabajadoras se va imponiendo en los últimos años. Sin embargo, este tipo de sistemas plantea desafíos importantes en cuanto a la normativa legal sobre protección de datos de carácter personal. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) publicó en noviembre de 2023 la guía que, adjunto acompañamos, que proporciona directrices sobre el tratamiento de datos biométricos siguiendo el Reglamento General de Protección de Datos.
La principal cuestión estriba en que ahora la identificación biométrica es considerada categoría especial de tratamiento de datos, lo que significa que se requiere una justificación más estricta para su uso. Además, aunque se obtenga el consentimiento de la persona trabajadora, la AEPD considera que en relaciones laborales puede existir un «desequilibrio de poder«, lo que dificulta que el consentimiento sea otorgado de forma totalmente libre, motivo por el que las empresas que utilicen estos sistemas deben reevaluar su implementación para evitar la imposición de las elevadas sanciones previstas en la normativas sobre protección de datos personales.